JDC-034/2023 y acumulados JDC-035/2023, JDC-036/2023, JDC-037/2023, JDC-038/2023, JDC-039/2023, JDC-040/2023, JDC-041/2023, JDC-042/2023, JDC-043/2023, JDC-044/2023, JDC-045/2023, JDC-046/2023, JDC-047/2023, JDC-048/2023, JDC-049/2023, JDC-050/2023, JDC-051/2023, JDC-052/2023, JDC-053/2023, JDC-054/2023, JDC-055/2023, JDC-056/2023, JDC-057/2023 y JDC-059/2023
El Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el juicio de la ciudadanía número 34 y acumuladosde este año, el cual fue promovido por diversas personas, en contra del acuerdo IEEPCNL/CG/115/2023 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León, mediante el cual se determinan improcedentes las solicitudes de intención de registro como aspirantes a una candidatura independiente para una diputación local en el proceso electoral 2023-2024.
La Magistrada y los Magistrados determinaron por unanimidad sobreseer en el juicio de la ciudadanía JDC-59/2023, por extemporáneo; revocar parcialmente el acuerdo, toda vez que la responsable debió aprobar la solicitud de registro para aspirar a una candidatura independiente de las personas promoventes de los juicios JDC-035/2023, JDC-037/2023 y JDC-56/2023, al acreditarse que realizaron los trámites necesarios antes y durante la prevención, y finalmente, dejar firme el acuerdo impugnado respecto al resto de las partes actoras, pues no demostraron que lo solicitado en la prevención estuviera en trámite.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la versión oficial.