Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León

Nuevo León

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Tribunal Virtual

Sesión de Resolución

1. JDC-011/2023

En el juicio ciudadano 11 de este año, el Tribunal determinó por unanimidad, revocar el acuerdo reclamado, ya que la Dirección de Organización y Estadística Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León, es una autoridad incompetente para responder consultas y peticiones relacionadas con lo planteado por el demandante en su escrito de petición. Por ende, se ordenó que dentro del plazo de 3 días hábiles, el Consejo General del Instituto Electoral, respondiera de manera efectiva, clara, precisa y congruente en relación con lo peticionado por el demandante.