El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, celebró sesión pública en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional en el juicio SM-JE-113/2021.
Al resolver el PES-155/2021, la Magistrada y los Magistrados concluyeron por mayoría que no se acreditó la infracción atribuida a los Denunciados, consistente en actos anticipados de campaña, puesto que una vez analizado el contexto y el contenido íntegro de las publicaciones denunciadas, no se advirtió la actualización del elemento subjetivo, es decir, no se hizo un llamamiento expreso al voto a un candidato o partido, o se publicita una plataforma electoral, o cualquier expresión equivalente a ello.