CIRCULAR 001/2008

En términos de lo dispuesto en el inciso "f" del artículo 9 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León en vigor, en relación con el diverso 277 de la Ley Electoral, y 31 del Código de Procedimientos Civiles, ambos ordenamientos legales vigentes en la entidad, se hace del conocimiento público que durante este año, hasta el día 31 de octubre, en que concluye el período que media entre procesos electorales, serán días hábiles todos los días del año, con excepción de los sábados y domingos, el 1 al 4 de enero, 4 de febrero, 17 al 21 de marzo, 1, 2 y 5 de mayo, 18 al 25 de julio, 15 y 16 de septiembre, y a partir del 1º-primero de noviembre, lo serán todos los días y horas del año. Lo anterior, en virtud de que, tal y como se establece en la página electrónica http://www.pjenl.gob.mx/ que lleva el Tribunal Superior de Justicia del Estado, ese órgano de poder decretó suspender sus labores precisamente en los días mencionados en líneas anteriores, y tal determinación trasciende a nuestra actividad jurisdiccional por disposición legal, en acatamiento a lo ordenado en los numerales aquí invocados.

En este orden de ideas, para su mejor consulta, el calendario de labores de este Tribunal será como aparece ilustrado en la siguiente gráfica.

 

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