CIRCULAR 001/2008

En términos de lo dispuesto en el inciso "f" del artículo 9 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León en vigor, en relación con el diverso 277 de la Ley Electoral, y 31 del Código de Procedimientos Civiles, ambos ordenamientos legales vigentes en la entidad, se hace del conocimiento público que durante este año, hasta el día 31 de octubre, en que concluye el período que media entre procesos electorales, serán días hábiles todos los días del año, con excepción de los sábados y domingos, el 1 al 4 de enero, 4 de febrero, 17 al 21 de marzo, 1, 2 y 5 de mayo, 18 al 25 de julio, 15 y 16 de septiembre, y a partir del 1º-primero de noviembre, lo serán todos los días y horas del año. Lo anterior, en virtud de que, tal y como se establece en la página electrónica http://www.pjenl.gob.mx/ que lleva el Tribunal Superior de Justicia del Estado, ese órgano de poder decretó suspender sus labores precisamente en los días mencionados en líneas anteriores, y tal determinación trasciende a nuestra actividad jurisdiccional por disposición legal, en acatamiento a lo ordenado en los numerales aquí invocados.

En este orden de ideas, para su mejor consulta, el calendario de labores de este Tribunal será como aparece ilustrado en la siguiente gráfica.

 
Secretaría General de Acuerdos


---La Secretaría General de Acuerdos es un órgano interno permanente del Tribunal, y son muchas sus funciones encomendadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Interior de este órgano de justicia, que comprenden tanto aspectos jurisdiccionales como administrativos y operativos. Es su centro de logística y columna vertebral, ya que de ella depende que los Magistrados y Secretarios puedan recibir oportunamente la información que requieren para el trámite y resolución de los asuntos que les sean encomendados, puesto que el Secretario General debe ser un coordinador funcional.

---En lo jurisdiccional interviene en la proyección de los acuerdos de trámite que correspondan a los medios de impugnación que se ventilen, además de la expedición de las certificaciones de actuaciones, y fe pública en todas las resoluciones que dicte el Presidente.

---En lo atinente a la logística operativa del Tribunal, es jefe directo y coordinador de las funciones de la Oficialía de Partes, y de la Oficina de Actuarios, por lo que tanto la recepción de promociones como la notificación de resoluciones dependen en primera y última instancia de la Secretaría General. Además, es el encargado del turno de expedientes, y de llevar los registros de sustituciones de los Magistrados Numerarios; es coordinador normativo de las actividades de los Secretarios de Estudio y Cuenta, y organiza las funciones de fotocopiado y digitalización de documentos y anexos que hayan de integrar los expedientes, además de tener bajo su responsabilidad y mando el archivo de expedientes, administrar la página de consulta virtual del Tribunal, y mantener todos los registros relativos a las autorizaciones de las claves de acceso que correspondan a las partes.

---En el aspecto administrativo, debe informar permanentemente al Presidente del Tribunal, sobre el funcionamiento de las áreas a su cargo y el desahogo de los asuntos de su competencia, auxiliar al Presidente en la elaboración, manejo y conservación de las actas de las sesiones del Pleno y llevar el registro cronológico de las sesiones públicas y privadas del Pleno, además de dar fe de las mismas.

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