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Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León

Nuevo León

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Sesión de Resolución

PES-479/2024

El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, celebró sesión pública y resolvió el procedimiento especial sancionador número 479 del 2024, promovido en contra de un candidato por la contravención a la normatividad electoral.

Al respecto, el Tribunal determinó la inexistencia de la infracción, al determinar que no se acredita el elemento subjetivo de la infracción consistente en la contravención a las normas sobre propaganda político-electoral, por la entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política o electoral, en el que se oferte o entregue algún beneficio, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio. Lo anterior, toda vez que si bien, del contenido de las publicaciones se advierte que el denunciado ofrece al público en general asesorías gratuitas para el examen de admisión de la Universidad Autónoma de Nuevo León, de los elementos de prueba no queda acreditado que existió un vínculo que indicara presión o coacción en la obtención del voto.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-790/2024

El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, celebró sesión pública y resolvió el procedimiento especial sancionador número 790 del 2024, iniciado con la denuncia presentada en contra Sandra Elizabeth Pámanes Ortiz y otros, por diversas infracciones a la normatividad electoral.

Al respecto, el Tribunal determinó la inexistencia de las infracciones atribuidas a la parte denunciada, porque las publicaciones y videos denunciados no constituyen propaganda gubernamental, por lo que no se actualiza la promoción personalizada que se atribuye a la parte denunciada. Asimismo, determinó que no se acredita el uso indebido de recursos públicos, pues las pruebas que obran en autos son insuficientes para demostrarlo. Por último, juzgó que las publicaciones denunciadas no constituyen actos anticipados de precampaña y campaña, pues no se acredita el elemento subjetivo de dichas conductas.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-840/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el procedimiento especial sancionador 840 del 2024, instaurado en contra de Mariana Rodríguez Cantú y otro, por la posible contravención a las normas de propaganda político electoral por dar paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa a cambio de emitir o no, su voto a favor de un partido político, coalición de candidatura, así como la presunta coacción al voto y la probable comisión de actos anticipados de campaña.

Las Magistradas determinaron declarar la inexistencia de las infracciones denunciadas, al determinarse que no se acreditó la existencia de los hechos denunciados, pues las pruebas técnicas ofrecidas por la denunciante, son insuficientes, por sí solas para tal efecto, toda vez que no se encuentran adminiculadas con otros medios de convicción para corroborarlas.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1198/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el procedimiento especial sancionador 1198 del 2024, instaurado en contra de Rafael Eduardo Ramos de la Garza y otro, por la presunta contravención a las normas sobre propaganda política-electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes.

Las Magistradas determinaron declarar la inexistencia de la infracción consistente en la aparición de menores de edad en propaganda político-electoral, al estimarse que los medios de prueba que obran en el expediente son insuficientes para acreditarla.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1268/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el procedimiento especial sancionador número 1268 del 2024, en el que se denuncia a José Filiberto Flores Elizondo y otros, por la contravención a las normas sobre propaganda política-electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes con motivo de la difusión de una publicación en redes sociales.

Las Magistradas determinaron que se acredita la existencia de la infracción, en tanto que no se cumplió con la totalidad de los requisitos establecidos en los Lineamientos para la protección de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral, en consecuencia, se impuso una multa al denunciado y al PRI por su falta de deber de cuidado.

PES-1327/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el procedimiento especial sancionador número 1327 del 2024, promovido por un partido político, en contra de una candidata a diputada por el distrito dieciséis, por la presunta contravención a la normatividad electoral debido a la aparición de menores en actos de propaganda política-electoral.

El Tribunal determinó la inexistencia de la infracción, toda vez que no se cumple el criterio de recognoscibilidad, pues en las imágenes denunciadas no es posible identificar a las personas menores de manera clara, concreta y precisa, al no apreciarse sus rasgos fisionómicos, esto es, no es posible observar características específicas de sus rostros que las harían identificables.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1429/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el procedimiento especial sancionador número 1429 del 2024instaurado en contra de Javier Rodríguez Lozano, por la infracción relativa a la probable contravención a las normas sobre propaganda político-electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes.

Al respecto, el Tribunal determinó la inexistencia de dicha infracción pues el partido denunciante omitió acreditar la existencia de las publicaciones denunciadas, dado que las pruebas técnicas que ofreció son insuficientes, por sí solas, para tal efecto, toda vez que no se encuentran adminiculadas con otros medios de convicción para fortalecerlas.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1547/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo sesión pública de resolución y resolvió el procedimiento especial sancionador 1547 del 2024, iniciado con motivo de una denuncia presentada en contra de Félix Rocha Esquivel y otro, por la posible contravención a las normas sobre propaganda política-electoral, por la omisión de incluir el emblema de un partido político o coalición, con motivo de la difusión de una publicación en redes sociales.

En la sentencia se resolvió la inexistencia de la infracción denunciada al acreditarse que la publicación denunciada cumple con la normativa electoral, toda vez que en ella se identifica el logotipo de uno de los partidos que postularon al candidato denunciado.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1845/2024

 

En cuanto al PES-1845/2024,la mayoría de las integrantes del Pleno del Tribunal determinó sobreseer el procedimiento, en razón de que consideraron que el objeto de la queja versa sobre aspectos de fiscalización respecto de los cuales el Instituto Nacional Electoral tiene competencia originaria; en este sentido, ordenó la remisión de las constancias a la Dirección Jurídica del Instituto Electoral local a fin de que las remita a la autoridad competente.

Este asunto fue aprobado por mayoría, con el voto en contra de la Magistrada Claudia Patricia de la Garza Ramos.

 

PES-2232/2024

El día de hoy el Tribunal llevó a cabo la sesión pública de resoluciones y resolvió el procedimiento especial sancionador 2232 del 2024, en contra de Daniel Omar González Garza y otros, relativo a la contravención a las normas sobre propaganda política-electoral, por la omisión de incluir el emblema de un partido político o coalición.

El Tribunal determinó, por una parte, declarar la existencia de la infracción atribuida a Daniel Omar González Garza, consistente en la contravención a las normas sobre propaganda político-electoral, por la omisión de incluir el emblema de un partido político y/o coalición, al acreditarse que la publicación denunciada no contiene el emblema de los partidos políticos que integran la Coalición Fuerza y Corazón X Nuevo León”, en consecuencia, se impuso una amonestación pública; y por otra parte, la inexistencia respecto al resto de los denunciados.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1122/2024

 

En cuanto al PES-1122/2024, interpuesto en contra de Lorena de la Garza Venecia y otros, las Magistradas del Pleno del Tribunal determinaron la inexistencia de la infracción relativa a expresiones de difamación y calumnia. Por una parte, sostuvieron que no se acreditó la difusión de una de las publicaciones denunciadas, al únicamente obrar en el sumario pruebas técnicas que resultaron insuficientes para probar su existencia. EN cuanto a la publicación restante, consideraron que, bajo un análisis integral de su contenido, fue posible establecer que las manifestaciones denunciadas constituyeron opiniones de Lorena de la Garza, por lo que no se acreditó el elemento objetivo de la conducta en estudio.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1251/2024

 

En el PES-1251/2024, interpuesto en contra de Luis Aurelio Guevara Garza y del PVEM por la probable contravención a los Lineamientos. El Pleno del Tribunal Electoral, determinó declarar el sobreseimiento, en virtud de que los hechos y la infracción ya fueron objeto de análisis y pronunciamiento por este Tribunal en el diverso procedimiento especial sancionador PES-1455/2024.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1529/2024

 

En el PES-1529/2024, seguido en contra de Claudia Gabriela Caballero Chávez y la coalición Fuerza y Corazón x Nuevo León, el Pleno de este órgano jurisdiccional determinó que la omisión de incluir el emblema del ente político postulante resultaba inexistente. Lo anterior, al advertirse dentro de la publicación denunciada, la identificación de uno de los partidos que integraban la coalición que postuló a la denunciada.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1586/2024

 

Se resolvió el PES-1586/2024, promovido en contra de Adrián Emilio de la Garza Santos y otros, por la presunta omisión de incluir el emblema de la Coalición postulante dentro de propaganda electoral. Al respecto, el Pleno determinó declarar la INEXISTENCIA de la infracción, toda vez que, acorde a la jurisprudencia de rubro PRUEBAS TÉCNICAS SON INSUFICIENTES, POR SÍ SOLAS, PARA ACREDITAR DE MANERA FEHACIENTE LOS HECHOS QUE CONTIENE”, en el sumario no obran pruebas que permitan generar plena convicción de los hechos denunciados.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1613/2024

 

En elPES-1613/2024, iniciado en contra de Adrián Emilio de la Garza Santos y otros, por la presunta contravención a las normas sobre propaganda política-electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes, se tiene que el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León declaró la inexistencia de la infracción, toda vez que de los medios probatorios que obran en el sumario, no se acreditó la existencia de los hechos denunciados, pues no fue posible obtener circunstancias de modo, tiempo y lugar del indicio que obra en el procedimiento.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1917/2024

 

En el PES-1917/2024,relativo a la denuncia en contra de Ignacio Castellanos Amaya y otros, por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en tiempo prohibido y presunto uso indebido de recursos públicos, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León resolvió, la inexistencia de las infracciones atribuidas, esto, al no acreditarse el uso de recursos públicos en detrimento a la contienda electoral; además, en términos de los criterios invocados en la sentencia, se estima que la difusión de la publicación denunciada es permisible, toda vez que su contenido hace referencia a una efeméride alusiva al día mundial de la salud.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-2233/2024

 

En el PES-2233/2024,instaurado en contra de Ignacio Alvarado Salas, por la presunta contravención a las normas sobre propaganda política-electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León determinó la inexistencia, de la infracción señalada, toda vez que, del análisis del material denunciado, se desprendió que respecto a las personas menores de edad que en el aparecen, no se cumplió con el criterio de recognoscibilidad.

 

Este asunto fue aprobado por mayoría, con el voto en contra de la Magistrada Claudia Patricia de la Garza Ramos.

 

PES-2340/2024

 

En el PES-2340/2024, iniciado en contra de César Adrián Valdés Martínez, por la presunta contravención a las normas sobre propaganda política-electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes. En lo atinente, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León resolvió, la inexistencia de las infracciones atribuidas, toda vez que de los medios probatorios que obran en el sumario, no se acredita la existencia de los hechos denunciados, pues no es posible desprender circunstancias de modo, tiempo y lugar del indicio que obra en el procedimiento.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-2370/2024

 

En el PES-2370/2024,en el cual se denunció a Adrián Emilio de la Garza Santos y a los partidos que integran la Coalición Fuerza y Corazón X Nuevo León, por la presunta contravención a las normas sobre propaganda política-electoral, por la posible omisión de incluir el emblema del partido político o coalición postulante, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, determinó, declarar la inexistencia de la infracción imputada, toda vez que, dentro de la publicación denunciada fue visible el emblema del Partido de la Revolución Democrática, ente político que integró la Coalición; aspecto que cumplió con la norma de dar a conocer a la ciudadanía una candidatura plenamente identificable.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-3292/2024

 

El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, resolvió el PES-3292/2024, instaurado en contra de Partido Revolucionario Institucional, por la vulneración de los Lineamientos para el uso del Sistema Candidatas y Candidatos, Conóceles”. El pleno del Tribunal Electoral, determinó la existencia de la infracción atribuida al partido denunciado, toda vez que de las constancias que obran en el sumario se advierte que incumplió con la obligación de capturar y actualizar en el Sistema, la información curricular y de identidad de las candidaturas; en consecuencia, impuso la sanción consistente en amonestación pública.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-3296/2024

 

En el PES- 3296/2024, instaurado en contra del partido Movimiento Ciudadano, por la vulneración de los Lineamientos para el uso del Sistema Candidatas y Candidatos, Conóceles”, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León declaró la existencia de la infracción atribuida al partido denunciado, toda vez que de las constancias que obran en el sumario se advierte que incumplió con la obligación de capturar y actualizar en el Sistema, la información curricular y de identidad de las candidaturas; en consecuencia, se propone imponer la sanción consistente en amonestación pública.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-494/2024 y sus acumulados PES-524/2024 PES-539/2024 y PES-822/2024

 

En el procedimiento especial sancionador 494  de 2024 y acumulados, se denunció a Ivonne Liliana Álvarez García y a otros, por las presuntas infracciones de actos anticipados de campaña y contravención a los lineamientos para la protección del interés superior de los menores de edad.

 

En lo que concierne a la infracción de actos anticipados de campaña, en la sentencia se determinó su inexistencia, al no actualizarse el elemento subjetivo, pues no se advirtió en el material denunciado, expresión que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedad, solicitara el apoyo en favor o en contra de una opción electoral, tuviera por objeto llamar al voto en favor o en contra de una persona o ente político.

 

En cuanto a la contravención de los lineamientos de menores de edad, en la resolución se decretó únicamente la responsabilidad de la ciudadana Sylvia Janeth López Elizondo, ya que, en el video que difundió en su red social, aparecen dos menores de edad sin el rostro difuminado, y de los cuales no allegó la documentación exigida en los lineamientos.

 

En lo que respecta a los demás sujetos denunciados, por la presunta contravención a los lineamientos, se estimó su inexistencia.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

 

PES-932/2024

 

Se resolvió el procedimiento especial sancionador 932/2024, en el que se denunció a Mario Alberto Salinas Treviño y a Movimiento Ciudadano, por la probable vulneración al interés superior del menor.

 

En la sentencia se consideró como inexistente la infracción de mérito, ya que, en las imágenes denunciadas, no es posible identificar plenamente a los menores de edad por su rostro o rasgos fisionómicos, dada la lejanía de la toma, sin emplearse instrumentos o técnicas para ampliar y mejorar la resolución de las imágenes analizadas.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1018/2024

 

En el procedimiento especial sancionador número 1018 de 2024, el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León declaró la inexistencia de la infracción denunciada por Movimiento Ciudadano en contra de Patricio Eugenio Zambrano de la Garza y el partido VIDA NL, por la supuesta difusión de propaganda electoral en la que aparecen menores de edad.

 

Lo anterior, toda vez que el Tribunal Electoral del Estado razonó que la publicación denunciada consistía en un video en formato en vivo”, por lo que la aparición de menores fue incidental, haciendo imposible su reconocimiento. En consecuencia, no se vulneran los derechos de los menores que aparecen en el video.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1345/2024

 

En el procedimiento especial sancionador número 1345 de 2024, este Tribunal Electoral declaró la inexistencia de la infracción denunciada por Movimiento Ciudadano en contra de Alejo Rodríguez Cantú y el Partido Verde Ecologista de México, por culpa in vigilando, por la supuesta difusión de propaganda electoral en la que aparecen menores de edad.

 

Lo anterior, al no haberse localizado la publicación denunciada, ya que no se tiene certeza de la existencia del material motivo de la queja.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1414/2024

 

En el procedimiento especial sancionador 1414 del 2024, se denunció a Rafael Eduardo Ramos de la Garza y los entes Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional, por la posible omisión de incluir el emblema de un partido y/o coalición.

Al respecto, en la sentencia se estimó declarar la inexistencia de la infracción, en razón de que, el denunciante partió de una premisa errónea, al considerar que los artículos utilitarios deben incluir de manera forzosa los emblemas de los partidos políticos, sin embargo, su inclusión únicamente resulta exigible en la propaganda impresa.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1472/2024

 

En el procedimiento especial sancionador PES-1472 de 2024, se denunció a Javier Caballero Gaona, la Coalición Fuerza y Corazón x Nuevo León, al Partido Acción Nacional y al Partido Revolucionario Institucional, por la vulneración al interés superior del menor.

 

En el proyecto se estimó la existencia de la infracción atribuida a Javier Caballero Gaona, ya que, en la publicación de naturaleza electoral, se difundió la imagen de dos menores de edad, cuyos rostros y rasgos fisionómicos resultaron plenamente identificables, sin que el denunciado allegará la documentación solicitada en los lineamientos de la materia.

 

Además, se decretó la existencia de la infracción por lo que respecta única y exclusivamente al Partido Revolucionario Institucional, al ser dicho ente quien postuló al ciudadano Caballero Gaona.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-1665/2024

 

En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Monterrey en el expediente SM-JE-299/2024, el Pleno del Tribunal Electoral, determinó en el procedimiento especial sancionador identificado con la clave PES-1665/2024, la inexistencia de la supuesta contravención a las normas sobre propaganda político-electoral, atribuida a Mariana Rodríguez Cantú y el partido político Movimiento Ciudadano, ya que en el procedimiento se acreditó que la propaganda utilizada cumple con el requisito de identificar el instituto político que postuló la candidatura de la denunciada.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-2159/2024

 

Se resolvió el procedimiento especial sancionador 2159/2024, promovido en contra de José Filiberto Flores Elizondo, la Coalición Fuerza y Corazón por NL, PRI y PAN, por la probable vulneración al interés superior del menor.

 

En la sentencia se declaró la existencia de la infracción denunciada, ya que, del análisis de la publicación objeto de inconformidad, se advierte la aparición de menores de edad plenamente identificables, por lo que se sancionó a Flores Elizondo y al PRI, por culpa in vigilando, imponiéndoles multas.

 

Asimismo, se decretó la inexistencia de la infracción en cuanto al resto de los denunciados.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-2164/2024

 

En el procedimiento especial sancionador 2164 de 2024, se denunció al ciudadano Félix Rocha Esquivel y la Coalición Fuerza y Corazón x Nuevo León, por la presunta contravención a las normas electorales, por la omisión de incluir el emblema de un partido o coalición.

 

En la sentencia se decretó la inexistencia de la infracción de estudio, ya que, dentro del contenido de la publicación denunciada se observó la identificación clara y precisa del Partido Acción Nacional, partido político integrante de la Coalición, por lo que no se generó confusión en la ciudadanía.

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

PES-2553/2024

 

Al resolver el procedimiento especial sancionador identificado con el número de expediente PES-2553/2024, el Pleno de este Tribunal determinó la inexistencia de la infracción atribuida al otrora candidato a la alcaldía de Monterrey, postulado por la coalición Fuerza y Corazón X Nuevo León, consistente en la supuesta omisión de identificar la coalición o el partido político que postuló su candidatura, toda vez que, la publicación denunciada no tiene el carácter de propaganda político-electoral.  

Este asunto fue aprobado por unanimidad de votos de las Magistraturas.

 

 

 

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la versión oficial.